domingo, 20 de noviembre de 2011

Juicio de Amparo en Materia Agraria

Las características esenciales del Juicio de Amparo en Materia Agraria, por tratarse de un proceso que reviste características especiales tiene principios propios que lo distinguen de los procesos normales, como son: oralidad, que consiste en que las partes actor y demandado pueden exponer sus pretensiones y razonamientos en forma verbal ante el tribunal unitario agrario; economía procesal, que consiste, en que los procesos se deben realizar de la manera más rápida posible; entre las partes y tribunales la relación debe ser directa, sin intermediarios; suplencia en la deficiencia del planteamiento de derecho, es decir, los tribunales tienen la obligación de subsanar las insuficiencias y errores en que incurran las partes en sus planteamientos cuando se trate de ejidos, comunidades, ejidatarios o comuneros, según lo dispuesto por el artículo 164 de la ley agraria; igualdad real de las partes, principio que consiste en dar un trato igualitario a las partes.

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